La pareja de hecho.
La pareja de hecho es la unión de dos personas de distinto o igual sexo que deciden convivir conjuntamente y mantienen una vida familiar sin llegar a contraer matrimonio inscritas o no en el registro de parjas de hecho de su Comunidad..
La pareja de hecho.
La crisis en la pareja de hecho.
Ante la crisis de la Pareja de Hecho, cuando existen hijos menores de edad o incapacitados, es necesario, al igual que en el matrimonio, acudir al Juzgado para regularizar las relaciones y obligaciones de los progenitores con sus hijos “Medidas Paternofiliales”, por lo que al igual que en el matrimonio se aconseja contar con un asesoramiento legal.
Le asesoramos antes y durante todo el procedimiento.
Derecho de alimentos.
En caso de crisis de la pareja, tanto del matrimonio como de la pareja de hecho, ambos progenitores están obligado a procurar alimentos y cubrir las necesidades de sus hijos.
El derecho de alimentos es un derecho de los hijos, y también una obligación de los padres, así, el artículo 143 del Código civil, “Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente: 1.º Los cónyuges. 2.º Los ascendientes y descendientes…..”

