Cuando un empresario no paga el salario, las horas extras, las pagas extra o cualquier otra cantidad que te corresponde, se genera una situación de impago que afecta no solo a tu economía, sino también a tu tranquilidad. Si te encuentras en esta situación, es crucial saber que tienes derechos y herramientas para reclamar lo que es tuyo.
En esta guía, te explicamos paso a paso qué hacer, los plazos que debes respetar y las vías para asegurar que te paguen hasta el último céntimo, contando con la experiencia de CYF Abogados, especialistas en derecho laboral.
TABLA DE CONTENIDOS
1. Reúne todas las pruebas: tu arsenal de documentos
Antes de mover un solo dedo, dedica tiempo a recopilar toda la documentación que demuestre la deuda. Esta será la base de tu reclamación. Tu arsenal debe incluir:
- Tu contrato de trabajo: Es el documento principal que establece tu salario y condiciones.
- Las nóminas (las que tengas): Fíjate en la diferencia entre el salario que te pagan y el que aparece en la nómina.
- El registro de jornada: Si la empresa no lo tiene, puedes presentar tus propios registros (por ejemplo, con una app o una hoja de cálculo).
- Extractos bancarios: Demuestran que no has recibido los ingresos o que estos son incompletos.
- Comunicaciones con la empresa: Correos electrónicos, WhatsApp o burofax donde se hable del impago.
Importante: El plazo para reclamar cualquier cantidad adeudada es de un año desde que la deuda debió ser pagada. Por ejemplo, para la nómina de enero de 2024, tienes hasta enero de 2025 para reclamarla. Si dejas pasar este plazo, la deuda prescribirá y no podrás reclamarla.
2. El primer paso: el Acto de Conciliación con CYF Abogados
Antes de ir a juicio, la ley te exige intentar una conciliación con la empresa. Este paso se hace a través de un documento llamado papeleta de conciliación, que se presenta ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) u organismo similar de tu comunidad autónoma.
En CYF Abogados, nos encargamos de la redacción y presentación de la papeleta de conciliación para asegurarnos de que el documento sea impecable y contenga toda la información necesaria. Nuestros profesionales te representarán en el acto de conciliación para defender tus intereses y negociar un acuerdo justo.
- Si hay acuerdo: Se firma un acta de conciliación con avenencia que tiene valor de sentencia. Si la empresa no cumple el acuerdo, puedes solicitar su ejecución en el juzgado.
- Si no hay acuerdo («sin avenencia»): El camino queda libre para ir al juzgado. Es lo más habitual en este tipo de reclamaciones.
- Si la empresa no comparece: Se deja constancia de que no han acudido, lo cual te dará ventaja en un futuro juicio, ya que la empresa podría ser condenada a pagar las costas del proceso.
3. La vía judicial: la Demanda en el Juzgado de lo Social
Si el acto de conciliación fracasa, es hora de presentar la demanda en el Juzgado de lo Social. Este proceso es más formal y requiere una exposición detallada de los hechos y las cantidades reclamadas.
En CYF Abogados, somos especialistas en la interposición de demandas de reclamación de cantidad. Nos encargamos de todo el proceso, desde la preparación de la demanda hasta la representación en el juicio, asegurándonos de que tus derechos sean defendidos con la máxima profesionalidad.
- Intereses por mora: No solo puedes reclamar las cantidades adeudadas, sino también un interés por mora del 10% anual sobre esas cantidades. Es una penalización para la empresa por el retraso en el pago.
¿Y si la empresa es insolvente? El papel del FOGASA
Si la empresa es declarada insolvente y no tiene dinero para pagar, no todo está perdido. Para estos casos existe el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
En CYF Abogados, te ayudamos a gestionar la solicitud ante el FOGASA una vez que la deuda ha sido reconocida judicialmente. Nos encargamos de tramitar toda la documentación necesaria para que puedas recuperar las cantidades adeudadas, dentro de los límites establecidos por la ley.
Un extra: Extinción del contrato por impagos
Si los impagos no son un hecho puntual, sino graves y continuos, puedes solicitar la extinción de tu contrato de trabajo por incumplimiento del empresario. Si un juez lo concede, la extinción es considerada como un despido improcedente.
En CYF Abogados, analizamos tu caso para determinar si se dan las condiciones para solicitar la extinción de tu contrato y te asesoramos para que puedas cobrar la indemnización de despido improcedente (33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades) y acceder a la prestación por desempleo (el paro).
Conclusión
Reclamar lo que te deben puede parecer un proceso largo y tedioso, pero es un derecho fundamental del trabajador. Aunque puedes hacerlo por tu cuenta, es muy recomendable buscar el asesoramiento de un abogado laboralista para asegurarte de que cumples todos los plazos y pasos legales de forma correcta. En CYF Abogados ponemos nuestra experiencia a tu servicio para que no tengas que preocuparte por el proceso y puedas recuperar lo que es tuyo.

Asesoramiento profesional Cabrera & Fernández Abogados (CYF Abogados)

