¿Se puede modificar la pensión de alimentos?

Abogado asesorando a un progenitor sobre la modificación de la pensión de alimentos de sus hijos.

Sí. La pensión de alimentos puede modificarse cuando cambian de forma relevante las circunstancias que se tuvieron en cuenta para establecerla.

La vida familiar y económica no permanece necesariamente igual durante años.

Los hijos crecen, sus necesidades pueden aumentar, uno de los progenitores puede perder su empleo, pueden cambiar los ingresos de ambos, pueden aparecer nuevos gastos o incluso puede modificarse el régimen de custodia.

Cuando estos cambios tienen suficiente importancia, puede ser necesario adaptar la pensión de alimentos a la nueva situación.

El Código Civil establece que el juez debe determinar la contribución de cada progenitor atendiendo a las circunstancias económicas y a las necesidades de los hijos en cada momento. Además, los alimentos deben guardar proporción entre los medios de quien los presta y las necesidades de quien los recibe.

Pero existe una cuestión fundamental:

No cualquier cambio permite modificar una pensión de alimentos.

¿Qué significa modificar la pensión de alimentos?

Modificar la pensión de alimentos significa cambiar la cantidad o las condiciones establecidas anteriormente para contribuir al mantenimiento de los hijos.

La modificación puede consistir en:

  • Aumentar la cantidad.
  • Reducir la cantidad.
  • En determinadas circunstancias, extinguir la obligación.
  • Cambiar la forma de contribuir a determinados gastos.

Por ejemplo, una pensión fijada cuando los hijos eran pequeños puede necesitar una revisión años después si sus necesidades han aumentado considerablemente.

También puede ocurrir lo contrario: que el progenitor obligado al pago haya sufrido una disminución importante y estable de sus ingresos.

¿Cuándo puede modificarse la pensión de alimentos?

La regla fundamental es que debe existir un cambio relevante de circunstancias.

El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que las medidas definitivas pueden modificarse cuando hayan variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en cuenta al aprobarlas o acordarlas.

Por tanto, normalmente habrá que comparar dos situaciones:

La situación existente cuando se estableció la pensión.

y

La situación existente actualmente.

La diferencia entre ambas debe ser suficientemente relevante para justificar la modificación solicitada.

¿Puede reducirse la pensión de alimentos?

Sí.

Una reducción puede plantearse cuando la capacidad económica del progenitor obligado al pago ha disminuido de forma relevante y no se trata simplemente de una situación puntual o voluntariamente provocada.

Algunas situaciones que pueden justificar el estudio de una reducción son:

  • Pérdida de empleo.
  • Reducción importante y estable de ingresos.
  • Incapacidad para trabajar.
  • Cambio significativo de la actividad profesional.
  • Nuevas cargas familiares relevantes.
  • Variación importante de las circunstancias económicas.

Pero no significa que cualquiera de estas circunstancias produzca automáticamente una reducción.

Será necesario analizar la situación económica completa.

¿Puede aumentarse la pensión de alimentos?

También.

La modificación puede solicitarla el progenitor que considera que la cantidad actual resulta insuficiente para atender las necesidades de los hijos.

Puede plantearse, por ejemplo, cuando:

  • Han aumentado las necesidades de los hijos.
  • Han aparecido nuevos gastos educativos.
  • Existen nuevas necesidades médicas.
  • Los hijos han pasado a una etapa educativa más costosa.
  • Ha aumentado considerablemente la capacidad económica del progenitor obligado al pago.
  • Han cambiado las circunstancias familiares.

El principio general es que la contribución debe guardar relación con las necesidades de los hijos y con los medios económicos de los progenitores.

¿Qué pasa si los hijos son mayores y tienen más gastos?

El crecimiento de los hijos puede provocar un aumento de sus necesidades.

No es lo mismo mantener a un niño pequeño que a un adolescente que puede tener mayores gastos relacionados con:

  • Educación.
  • Transporte.
  • Alimentación.
  • Actividades.
  • Material escolar.
  • Formación.
  • Necesidades médicas.
  • Otros gastos propios de su edad.

El artículo 93 del Código Civil establece que la contribución de los progenitores debe acomodarse a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.

Por tanto, el paso del tiempo puede ser relevante, aunque por sí solo no implique automáticamente un aumento de la pensión.

¿Puede modificarse porque uno de los progenitores gana más dinero?

Puede ser posible.

Si la capacidad económica de uno de los progenitores ha aumentado de manera significativa y estable, puede ser necesario revisar su contribución a los alimentos.

Pero hay que analizar también:

  • Las necesidades de los hijos.
  • Los ingresos del otro progenitor.
  • El patrimonio.
  • Las cargas económicas.
  • El número de hijos.
  • Los gastos familiares.

La pensión no se determina únicamente en función del salario de quien paga.

¿Puede reducirse si pierdo mi trabajo?

La pérdida de empleo puede ser una circunstancia relevante, especialmente cuando supone una reducción importante de la capacidad económica.

Pero es necesario analizar la situación completa.

Por ejemplo, no es lo mismo:

  • Una pérdida de empleo temporal.
  • Un periodo breve entre dos trabajos.
  • Una reducción salarial.
  • Un desempleo prolongado.
  • Una incapacidad que impide trabajar.
  • Una reducción voluntaria de ingresos.

La finalidad es determinar cuál es la capacidad económica real y qué posibilidades existen para atender tanto las necesidades propias como las de los hijos.

¿Qué ocurre si el progenitor que paga cambia de trabajo?

Un cambio de empleo no implica automáticamente que deba modificarse la pensión.

Puede ocurrir que los ingresos:

  • Aumenten.
  • Disminuyan.
  • Se mantengan similares.

Lo relevante será determinar si existe una alteración suficientemente importante respecto de la situación anterior.

¿Puede reducirse la pensión si tengo otro hijo?

El nacimiento de otro hijo puede ser una circunstancia que deba analizarse, porque supone una nueva responsabilidad familiar.

Pero no implica automáticamente que la pensión de los hijos de una relación anterior tenga que reducirse.

Será necesario valorar:

  • Ingresos del progenitor.
  • Necesidades de todos los hijos.
  • Gastos familiares.
  • Capacidad económica del otro progenitor.
  • Circunstancias en las que se produce el nacimiento del nuevo hijo.

La existencia de una nueva responsabilidad familiar puede ser relevante, pero debe analizarse conjuntamente con el resto de circunstancias.

¿Puede modificarse la pensión porque cambie la custodia?

Sí.

El cambio del régimen de custodia puede afectar directamente a la forma en que los progenitores contribuyen a los gastos de los hijos.

Por ejemplo, si se pasa de una custodia exclusiva a una custodia compartida, puede ser necesario revisar:

  • La existencia de una pensión.
  • Su cuantía.
  • El reparto de gastos.
  • Los gastos ordinarios.
  • Los gastos extraordinarios.

Pero la custodia compartida no implica automáticamente que desaparezca la pensión de alimentos.

La contribución seguirá dependiendo de las necesidades de los hijos y de la capacidad económica de ambos progenitores.

¿Puede modificarse si los hijos empiezan a tener nuevos gastos?

Sí.

Los gastos de los hijos pueden cambiar considerablemente con el paso del tiempo.

Puede ocurrir, por ejemplo, que comiencen:

  • Estudios universitarios.
  • Formación profesional.
  • Actividades educativas.
  • Tratamientos médicos.
  • Actividades deportivas.
  • Clases de idiomas.
  • Desplazamientos habituales.

Si estos cambios generan una alteración relevante de las necesidades económicas de los hijos, puede ser necesario revisar la contribución de los progenitores.

¿Puede solicitarse una reducción temporal?

Puede plantearse cuando la situación económica que justifica la modificación tiene carácter temporal, pero la respuesta dependerá de las circunstancias concretas.

En estos casos es importante diferenciar entre una situación transitoria de poca entidad y una alteración suficientemente importante como para justificar judicialmente una modificación.

La decisión dependerá de la situación acreditada y de la medida concreta que se solicite.

¿Puede extinguirse la pensión de alimentos?

En determinadas circunstancias, sí.

La modificación no tiene que limitarse necesariamente a aumentar o reducir la cantidad.

Puede solicitarse la extinción de la pensión cuando desaparecen las circunstancias que justificaban su existencia o concurre alguna de las causas previstas legalmente.

Por ejemplo, puede ser relevante que el hijo:

  • Haya alcanzado una independencia económica suficiente.
  • Disponga de ingresos que permitan su subsistencia.
  • Haya terminado su formación y pueda mantenerse.
  • Haya desaparecido la situación de necesidad.

El artículo 152 del Código Civil contempla determinadas causas de extinción de la obligación de prestar alimentos.

¿Puede extinguirse cuando el hijo cumple 18 años?

No automáticamente.

La mayoría de edad no supone por sí sola la desaparición de la obligación de alimentos.

Si el hijo continúa dependiendo económicamente de sus progenitores y concurren las circunstancias previstas legalmente, la pensión puede continuar.

Por tanto, cumplir 18 años no es suficiente, por sí solo, para dejar de pagar una pensión establecida judicialmente.

Este punto lo hemos desarrollado con más profundidad en nuestro artículo:

¿Hasta cuándo se paga la pensión de alimentos?

¿Puede extinguirse si el hijo empieza a trabajar?

Puede ser una circunstancia relevante.

Si el hijo obtiene ingresos suficientes para mantenerse por sí mismo, puede desaparecer la situación de necesidad que justificaba la pensión.

Pero tampoco en este caso debe dejarse de pagar automáticamente.

Habrá que valorar:

  • Cuánto gana.
  • Qué tipo de trabajo tiene.
  • Si sus ingresos son estables.
  • Sus gastos.
  • Si continúa estudiando.
  • Si realmente ha alcanzado independencia económica.

Si existe una pensión establecida judicialmente, será necesario solicitar su modificación o extinción por la vía correspondiente.

¿Puede modificarse la pensión si el hijo ya no vive con el progenitor custodio?

Puede ser relevante.

Un cambio de residencia puede modificar la forma en que se organizan los gastos y la convivencia.

Será necesario analizar:

  • Con quién vive el hijo.
  • Por qué ha cambiado de domicilio.
  • Si existe independencia económica.
  • Qué gastos asume cada progenitor.
  • Si ha cambiado el régimen de custodia.
  • Si continúa existiendo una situación de necesidad.

No todos los cambios de domicilio justifican automáticamente una modificación.

¿Qué pasa si uno de los progenitores tiene más hijos?

La aparición de nuevas cargas familiares puede tenerse en cuenta al valorar la capacidad económica del progenitor.

Pero no significa automáticamente que pueda reducirse la pensión de los hijos anteriores.

Será necesario analizar las circunstancias económicas globales y las necesidades de todos los hijos.

¿Qué ocurre si aumentan los ingresos del progenitor que paga?

El aumento de ingresos puede justificar una revisión cuando sea suficientemente relevante y estable y las necesidades de los hijos lo requieran.

El objetivo no es penalizar al progenitor por mejorar su situación económica, sino garantizar que la contribución a los alimentos sea proporcional a los medios económicos disponibles y a las necesidades de los hijos.

El artículo 146 del Código Civil establece precisamente esa relación entre medios económicos y necesidades.

¿Puede modificarse una pensión fijada en un convenio regulador?

Sí.

Las medidas acordadas en un convenio regulador pueden modificarse cuando se produzcan las circunstancias que permitan su modificación.

Si ambos progenitores están de acuerdo, pueden plantear una modificación de mutuo acuerdo.

Si no existe acuerdo, puede solicitarse judicialmente cuando se haya producido una variación sustancial de las circunstancias. El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla ambas posibilidades.

¿Y si la pensión fue fijada por sentencia?

También puede modificarse.

La existencia de una sentencia no significa que la pensión tenga que mantenerse invariable para siempre.

Si las circunstancias cambian de forma sustancial, puede solicitarse judicialmente su modificación.

Pero mientras la sentencia siga vigente, la cantidad establecida continúa siendo exigible.

¿Puedo dejar de pagar mientras solicito la modificación?

No debería hacerse unilateralmente.

Este es uno de los errores más importantes que deben evitarse.

Si una sentencia establece una pensión de 500 euros mensuales y el progenitor considera que ahora solo debería pagar 300, no puede decidir unilateralmente empezar a pagar 300.

Mientras no exista una modificación válida de la medida, la obligación establecida sigue vigente.

La solicitud de modificación no equivale por sí sola a una reducción de la pensión.

¿Desde cuándo tiene efectos la modificación?

La cuestión de los efectos temporales puede ser especialmente importante cuando se solicita una reducción o extinción.

Por eso, no debe darse por supuesto que la nueva cantidad se aplica automáticamente desde el día en que se produce el cambio económico o desde que se presenta la demanda.

La fecha de efectos dependerá de las circunstancias y de la resolución que finalmente se adopte.

Por este motivo, cuando existe un cambio relevante, es conveniente actuar sin demoras innecesarias.

¿Qué documentación puede ser necesaria?

Dependerá del motivo por el que se solicite la modificación.

Si se pretende reducir la pensión por pérdida de ingresos, pueden ser importantes:

  • Nóminas.
  • Contrato de trabajo.
  • Certificado de empresa.
  • Documentación de desempleo.
  • Prestaciones.
  • Declaraciones fiscales.
  • Extractos bancarios.
  • Documentación sobre préstamos y cargas.
  • Otros documentos que permitan acreditar la situación económica.

Si se pretende aumentar la pensión, puede ser necesario acreditar:

  • Nuevos gastos de los hijos.
  • Gastos educativos.
  • Gastos médicos.
  • Actividades.
  • Necesidades especiales.
  • Incremento de los costes ordinarios.

La prueba debe estar relacionada directamente con el cambio que se pretende acreditar.

¿Qué debe demostrarse para modificar la pensión?

En términos generales, debe poder demostrarse:

1. Cuál era la situación anterior

Hay que conocer las circunstancias que existían cuando se estableció la pensión.

2. Qué ha cambiado

Debe identificarse claramente el cambio producido.

3. Desde cuándo existe ese cambio

La evolución temporal puede ser importante para valorar su estabilidad y relevancia.

4. Por qué el cambio es importante

No basta con demostrar una pequeña variación.

5. Cómo afecta a la pensión

Debe explicarse por qué la cantidad actual ya no responde adecuadamente a las necesidades de los hijos o a la capacidad económica de los progenitores.

¿Qué diferencia hay entre modificar y actualizar la pensión?

Son cuestiones diferentes.

La actualización aplica el mecanismo previsto en la sentencia o convenio para adaptar periódicamente la cantidad, normalmente conforme al índice establecido.

La modificación pretende cambiar la cuantía porque han cambiado las circunstancias.

Por ejemplo:

Si una sentencia establece una actualización anual conforme a un determinado índice, aplicar esa actualización no es una modificación de medidas.

En cambio, solicitar que una pensión de 400 euros pase a 650 euros porque han aumentado significativamente las necesidades de los hijos sí puede constituir una modificación.

¿Qué diferencia hay entre modificar la pensión y reclamar una pensión impagada?

También son procedimientos diferentes.

Si la pensión vigente no se está pagando, existe un posible incumplimiento y puede reclamarse su pago.

Si las circunstancias han cambiado y se considera que la cantidad establecida ya no es adecuada, puede solicitarse una modificación de medidas.

Por tanto:

Impago → ejecución/reclamación.

Cambio de circunstancias → modificación.

No deben confundirse ambas situaciones.

¿Se puede solicitar de mutuo acuerdo?

Sí.

Cuando ambos progenitores reconocen que las circunstancias han cambiado y están de acuerdo sobre la nueva cantidad, pueden plantear una modificación de mutuo acuerdo conforme al procedimiento correspondiente.

Esta opción puede resultar más sencilla cuando existe capacidad de diálogo.

Además, permite concretar con mayor precisión:

  • Nueva cuantía.
  • Forma de pago.
  • Actualización.
  • Gastos extraordinarios.
  • Otras medidas relacionadas.

¿Qué pasa si no existe acuerdo?

Si uno de los progenitores considera que debe modificarse la pensión y el otro no está de acuerdo, puede solicitarse judicialmente la modificación.

La persona que la solicita tendrá que acreditar el cambio de circunstancias que justifica su petición.

El tribunal valorará las circunstancias económicas de los progenitores y las necesidades de los hijos.

¿Puede solicitarse más de una modificación?

Sí.

Las circunstancias familiares pueden cambiar varias veces a lo largo de los años.

Por ejemplo:

  • Se reduce inicialmente la pensión por pérdida de empleo.
  • Posteriormente el progenitor encuentra un nuevo trabajo.
  • Más adelante aumentan las necesidades de los hijos.

Cada nueva modificación deberá basarse en las circunstancias existentes en ese momento.

No existe una regla que permita modificar la pensión simplemente porque ya haya sido modificada anteriormente.

Errores frecuentes al intentar modificar la pensión

Dejar de pagar unilateralmente

Que la situación económica haya cambiado no significa que pueda dejarse de pagar la cantidad establecida.

Pensar que cualquier reducción de ingresos es suficiente

Debe analizarse la importancia, duración y realidad del cambio.

No acreditar el cambio

La modificación debe apoyarse en documentación y pruebas adecuadas.

Confundir actualización con modificación

Son mecanismos diferentes.

Confundir modificación con extinción

Una reducción de la pensión no significa necesariamente que desaparezca la obligación.

No tener en cuenta las necesidades de los hijos

La capacidad económica del progenitor que paga es solo una parte del análisis.

Esperar demasiado

Cuando se produce un cambio importante, conviene analizar pronto sus consecuencias jurídicas y económicas.

Preguntas frecuentes

¿Se puede modificar la pensión de alimentos?

Sí. Puede modificarse cuando existe un cambio suficientemente relevante de las circunstancias que se tuvieron en cuenta al establecerla.

¿Se puede reducir la pensión de alimentos?

Sí, cuando se produce una disminución relevante de la capacidad económica o concurren otras circunstancias que justifiquen la reducción.

¿Se puede aumentar?

Sí. Puede solicitarse cuando aumentan las necesidades de los hijos o mejora de forma relevante la capacidad económica del progenitor obligado.

¿Puedo dejar de pagar porque he perdido el trabajo?

No automáticamente. Mientras exista una resolución vigente, la obligación continúa. Si la situación económica ha cambiado de forma relevante, debe estudiarse la correspondiente modificación.

¿Se puede modificar porque el hijo cumple 18 años?

No automáticamente. La mayoría de edad no extingue por sí sola la obligación de alimentos.

¿Se puede modificar si cambia la custodia?

Sí. Un cambio de custodia puede afectar a la forma en que los progenitores contribuyen a los gastos de los hijos.

¿Es necesario esperar varios años para solicitar una modificación?

No existe un plazo general de espera. Lo importante es que exista un cambio relevante de circunstancias.

¿Puedo modificar la pensión si tengo otro hijo?

Puede ser una circunstancia que se tenga en cuenta, pero no implica automáticamente una reducción.

¿Tengo que seguir pagando mientras se tramita la modificación?

Sí, en principio debe seguir cumpliéndose la cantidad establecida mientras no exista una modificación válida de la medida.

¿Se puede hacer de mutuo acuerdo?

Sí. Cuando ambos progenitores están de acuerdo, pueden solicitar la modificación conjuntamente o con el consentimiento del otro conforme al procedimiento legal correspondiente.

La pensión debe adaptarse a la realidad de cada familia

La pensión de alimentos no está pensada para permanecer necesariamente inalterable durante toda la vida de los hijos.

Las circunstancias económicas de los progenitores pueden cambiar y las necesidades de los hijos también.

Por eso, el ordenamiento permite modificar las medidas cuando existe una alteración relevante de las circunstancias.

Pero esa posibilidad tiene un límite importante:

no basta con querer pagar menos o recibir más.

Debe existir una razón objetiva y suficientemente relevante que permita demostrar que la pensión fijada anteriormente ya no responde adecuadamente a la realidad familiar.

Y mientras esa modificación no se produzca, la pensión establecida judicialmente o en el acuerdo aprobado sigue siendo la que debe cumplirse.

¿Han cambiado tus circunstancias económicas o las necesidades de tus hijos?

Si tus ingresos han cambiado, tus hijos tienen nuevas necesidades o se ha producido una modificación relevante de la situación familiar, puede ser necesario revisar la pensión de alimentos.

En C&F Abogados podemos analizar la situación anterior y la actual, valorar si existe una modificación relevante de las circunstancias y estudiar si procede solicitar una reducción, un aumento o, cuando corresponda, la extinción de la pensión.

¿Necesitas asesoramiento sobre tu caso?

Analizamos tu situación y te orientamos sobre las opciones legales disponibles.

TAMBIÉN PUEDE INTERESARTE

Divorcio exprés de mutuo acuerdo y convenio regulador

¿Cómo funciona el divorcio exprés en España?

El llamado divorcio exprés no es una modalidad de divorcio distinta de las previstas legalmente. Es una denominación habitual para referirse al divorcio de mutuo acuerdo cuando los cónyuges alcanzan

Incumplimiento de una sentencia de divorcio y medidas familiares

¿Qué hacer si no se cumple una sentencia de divorcio?

Una sentencia de divorcio establece las medidas que deben regir las relaciones entre los progenitores y, cuando existen hijos, determina también las obligaciones y derechos relacionados con ellos. Pero ¿qué

Quién tiene derecho a cobrar una pensión compensatoria

¿Quién tiene derecho a cobrar una pensión compensatoria?

Cuando se habla de pensión compensatoria, es frecuente pensar que corresponde al cónyuge que gana menos dinero. Pero no es exactamente así. La pensión compensatoria no tiene como finalidad igualar