¿Te han sancionado en el trabajo? Cómo impugnar una sanción laboral

Trabajador que recibe una sanción disciplinaria laboral

Recibir una sanción laboral puede generar dudas e incertidumbre, especialmente cuando el trabajador considera que los hechos no han ocurrido como afirma la empresa, que la conducta no constituye una infracción o que la sanción impuesta resulta desproporcionada.

Las empresas pueden ejercer su potestad disciplinaria ante determinados incumplimientos laborales, pero esta facultad no es ilimitada. El Estatuto de los Trabajadores establece que las sanciones deben ajustarse a la graduación de faltas y sanciones prevista en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable. Además, las sanciones pueden ser revisadas por la jurisdicción social.

Por eso, recibir una sanción no significa necesariamente que el trabajador deba aceptarla. Es importante revisar la comunicación recibida, comprobar los hechos que se imputan y valorar si la empresa ha respetado los requisitos legales y convencionales.

¿Qué es una sanción laboral?

Una sanción laboral es una medida disciplinaria que la empresa puede imponer a un trabajador cuando considera que ha cometido un incumplimiento relacionado con sus obligaciones laborales.

El Estatuto de los Trabajadores reconoce esta facultad disciplinaria, pero establece que las sanciones deben responder a la graduación de faltas y sanciones prevista en la normativa o en el convenio colectivo aplicable.

Por tanto, la empresa no puede sancionar cualquier conducta de cualquier manera.

Para valorar si una sanción es correcta hay que analizar, entre otras cuestiones:

  • Qué conducta se atribuye al trabajador.
  • Cuándo se produjeron los hechos.
  • Qué convenio colectivo resulta aplicable.
  • Cómo está tipificada la conducta.
  • Qué gravedad tiene la infracción.
  • Qué sanción se ha impuesto.
  • Si se han respetado los requisitos formales.

¿Qué tipos de sanciones laborales existen?

Las faltas laborales suelen clasificarse en leves, graves y muy graves, aunque la concreta clasificación y las sanciones aplicables deben comprobarse en la normativa y, especialmente, en el convenio colectivo correspondiente.

La gravedad de la conducta es importante porque determina las consecuencias disciplinarias que pueden aplicarse.

Dependiendo del convenio y de las circunstancias, pueden existir sanciones como:

  • Amonestaciones.
  • Suspensiones de empleo y sueldo.
  • Otras medidas disciplinarias previstas convencionalmente.
  • Despido disciplinario en los supuestos legalmente establecidos.

No todas las conductas tienen la misma gravedad y la sanción debe guardar relación con la infracción cometida.

¿La empresa puede sancionar al trabajador por cualquier motivo?

No.

La potestad disciplinaria empresarial está sometida a límites legales y convencionales.

El artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores pueden ser sancionados por incumplimientos laborales conforme a la graduación de faltas y sanciones establecida en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable.

Esto significa que, antes de aceptar una sanción como válida, conviene comprobar si la conducta que se imputa al trabajador está realmente tipificada como falta y si la sanción corresponde a su gravedad.

También debe analizarse si los hechos que aparecen en la comunicación empresarial son ciertos y pueden acreditarse.

¿Cómo debe comunicarse una sanción?

La forma de comunicación depende de la gravedad y de lo que establezca la normativa aplicable.

El Estatuto de los Trabajadores exige que las sanciones por faltas graves y muy graves se comuniquen por escrito, haciendo constar la fecha y los hechos que las motivan.

Por ello, cuando un trabajador recibe una carta de sanción, debe prestar especial atención a su contenido.

No basta con una referencia genérica a un supuesto incumplimiento. Es necesario analizar qué hechos concretos se imputan y si permiten identificar la conducta que la empresa considera sancionable.

Además, el convenio colectivo puede establecer requisitos adicionales que también deberán respetarse.

¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo con la sanción?

El trabajador puede impugnar judicialmente la sanción.

La Ley reguladora de la jurisdicción social establece expresamente un procedimiento específico para la impugnación de sanciones. En este procedimiento, corresponde al empresario acreditar la realidad de los hechos imputados y su entidad.

Esto es especialmente importante porque el trabajador no tiene que limitarse a afirmar que la sanción es injusta. Será necesario analizar jurídicamente:

  • Los hechos que aparecen en la carta.
  • Las pruebas existentes.
  • La normativa aplicable.
  • El convenio colectivo.
  • La proporcionalidad de la sanción.
  • Los requisitos formales.

¿Cuál es el plazo para impugnar una sanción laboral?

Esta es una de las cuestiones más importantes cuando se recibe una sanción.

La Ley reguladora de la jurisdicción social establece que la impugnación de una sanción debe presentarse dentro del plazo previsto para las acciones de despido, es decir, 20 días hábiles. El artículo 114 remite expresamente al artículo 103 de la misma ley, que establece ese plazo de caducidad.

Por tanto, no conviene esperar a que transcurran los días para consultar el problema.

El cómputo del plazo y las circunstancias concretas de cada caso deben revisarse individualmente, especialmente cuando existen actuaciones previas o mecanismos de conciliación.

¿Qué puede decidir el juez sobre una sanción?

La impugnación no conduce necesariamente a una única solución.

La Ley reguladora de la jurisdicción social contempla diferentes posibilidades.

El órgano judicial puede:

  • Confirmar la sanción, si considera acreditados los hechos, cumplidos los requisitos y adecuada la gravedad de la sanción.
  • Revocarla totalmente, si los hechos no han sido probados o no constituyen una falta.
  • Revocarla parcialmente, cuando los hechos constituyen una infracción pero la sanción impuesta no corresponde a su gravedad.
  • Declararla nula, cuando no se hayan respetado determinados requisitos formales o concurra alguna de las circunstancias legalmente previstas.

Por tanto, impugnar una sanción no significa únicamente intentar conseguir que desaparezca. También puede ser relevante discutir su calificación y proporcionalidad.

¿Qué importancia tiene el convenio colectivo?

El convenio colectivo puede ser determinante.

Aunque el Estatuto de los Trabajadores establece las reglas generales, el régimen disciplinario concreto suele encontrarse desarrollado en el convenio colectivo aplicable a la relación laboral.

El convenio puede establecer:

  • Qué conductas son faltas leves.
  • Qué conductas son faltas graves.
  • Qué conductas son faltas muy graves.
  • Qué sanciones corresponden a cada una.
  • Requisitos específicos del procedimiento disciplinario.
  • Plazos de prescripción.
  • Otras garantías para el trabajador.

Por eso, no es suficiente con leer únicamente la carta de sanción.

Hay que comprobar también cuál es el convenio colectivo aplicable y qué establece sobre esa conducta.

¿Cuándo prescriben las faltas laborales?

El Estatuto de los Trabajadores establece diferentes plazos de prescripción para las faltas cometidas por los trabajadores:

  • Faltas leves: 10 días.
  • Faltas graves: 20 días.
  • Faltas muy graves: 60 días desde que la empresa tuvo conocimiento de su comisión.

En todo caso, las faltas prescriben a los seis meses de haberse cometido.

No obstante, el cómputo de estos plazos puede verse afectado por las circunstancias concretas y por lo que establezca el convenio colectivo aplicable.

Por ello, ante una sanción es importante revisar las fechas con precisión.

¿Hay que firmar la carta de sanción?

Recibir una carta de sanción y firmar su recepción no equivale necesariamente a reconocer los hechos ni a estar de acuerdo con la sanción.

Lo importante es poder acreditar cuándo se recibió la comunicación y conservar una copia completa de la documentación entregada.

Si existen dudas sobre las consecuencias de firmar un documento concreto, es recomendable consultar antes de hacerlo.

¿Qué documentación debo guardar?

Si has recibido una sanción laboral, es conveniente conservar:

  • La carta de sanción completa.
  • El convenio colectivo aplicable.
  • El contrato de trabajo.
  • Comunicaciones previas de la empresa.
  • Correos electrónicos relacionados con los hechos.
  • Mensajes o documentos relevantes.
  • Partes de trabajo.
  • Registros horarios, cuando sean relevantes.
  • Documentación que permita acreditar tu versión de los hechos.
  • Cualquier comunicación posterior relacionada con la sanción.

La documentación puede ser fundamental para valorar si la sanción está correctamente fundamentada.

¿Qué debo hacer si recibo una sanción laboral?

Lo recomendable es actuar con rapidez.

1. Leer detenidamente la comunicación

Comprueba qué hechos te atribuye la empresa, cuándo dice que ocurrieron y qué sanción pretende imponer.

2. Comprobar el convenio colectivo

Es necesario saber cómo clasifica el convenio la conducta y qué sanción permite aplicar.

3. Revisar las fechas

Las fechas pueden ser determinantes tanto para valorar los hechos como para comprobar los plazos de prescripción y de impugnación.

4. Reunir las pruebas

Conserva cualquier documento que pueda acreditar lo sucedido.

5. No dejar pasar el plazo

La impugnación de una sanción está sometida a un plazo de caducidad. La Ley reguladora de la jurisdicción social remite al plazo de 20 días hábiles del artículo 103 para ejercitar esta acción.

6. Solicitar asesoramiento

Una revisión jurídica temprana permite determinar si existen argumentos para impugnar la sanción y cuál es la estrategia más adecuada.

¿Puede una sanción laboral terminar en despido?

Una sanción y un despido disciplinario son figuras diferentes, aunque determinados incumplimientos laborales pueden tener consecuencias especialmente graves.

El despido disciplinario se regula específicamente en el Estatuto de los Trabajadores y exige que exista un incumplimiento contractual grave y culpable en los términos establecidos legalmente.

Por ello, no debe confundirse una sanción disciplinaria con un despido.

Si la empresa comunica directamente un despido disciplinario, estaremos ante otra actuación empresarial con su propio régimen jurídico y sus propios plazos de impugnación.

¿Qué ocurre si la sanción es injusta?

Si después de analizar la sanción se considera que los hechos no son ciertos, no constituyen una falta, la sanción no es proporcional o no se han respetado los requisitos exigibles, puede plantearse su impugnación.

La legislación laboral contempla expresamente la posibilidad de que una sanción sea revocada totalmente, parcialmente o declarada nula, dependiendo de las circunstancias.

Por eso, recibir una sanción no significa que necesariamente sea válida ni que deba aceptarse sin más.

Conclusión

Una sanción laboral debe estar fundamentada en un incumplimiento laboral y respetar la graduación de faltas y sanciones prevista en la normativa y en el convenio colectivo aplicable.

Si recibes una sanción, es importante revisar los hechos, la gravedad de la conducta, la proporcionalidad de la medida, los requisitos formales y los plazos antes de decidir cómo actuar.

La impugnación de una sanción laboral tiene un plazo especialmente breve. La Ley reguladora de la jurisdicción social establece que la demanda debe presentarse dentro del plazo previsto en el artículo 103, que es de 20 días hábiles.

Por ello, si has recibido una sanción y no estás de acuerdo con ella, lo recomendable es consultar la situación cuanto antes y no esperar a que transcurra el plazo para actuar.

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