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Ley 2/2023, de 20 de febrero.

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Ley 2/2023, de 20 de febrero.

Buzón de quejas

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción obliga a las empresas de más de 50 empleado a implementar un buzón de quejas para todos sus empleados y terceros con los que se relaciones.

El objetivo de esta Ley es ofrecer protección a todas las personas que tiene relación laboral o profesional con cualquier tipo de entidad, pública o privada, incluido aquellos que ya han finalizado cualquier relación, sea laboral, profesional, voluntaria en prácticas o de formación, incluso aquellas personas que puedan participar en la selección de personal para la entidad y se extiende incluso a los informantes.

La queja o comunicación puede ser de cualquier anomalía o supuesta infracción administrativa o penal sin necesidad de que el informante sea el perjudicado o el interesado, simplemente será el colaborador.

Con independencia de que el informante sea totalmente anónimo, la Ley prohíbe expresamente la represalia contra las personas que presente una queja o comunicación.

Este buzón de quejas deberá ser contratado por el empresario a una empresa especializada y contar con el asesoramiento de abogados especialistas en cada materia para el análisis y en su caso defensa de las quejas, lo cual vuelve a ser un coste adicional para la empresa.