Autónomo o empresa.

El autónomo responde con todo su patrimonio, sin limitación alguna, mientras que la sociedad mercantil, sea ésta limitada o autónoma responde con el patrimonio de la propia sociedad.
Esto es así, si bien hay que tener muy claro a la hora de constituir una sociedad la capacidad financiera de ésta, pues es muy frecuente que a la hora de buscar financiación para una sociedad, sobre todo de reciente creación, los bancos exigen garantías del empresario, aval, por lo que nos encontramos en una situación asimilada a la de autónomo, es decir, sobre la cantidad avalada el empresario responde con todo su patrimonio personal si llegado el vencimiento la sociedad no puede hacer frente.
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