Derecho de familia.

Regulación y alcance.
El Derecho de familia es el conjunto de normas que regulan todos los asuntos de la familia, desde la constitución del matrimonio hasta la finalización de este por fallecimiento de uno de los cónyuges o por divorcio, las obligaciones de los cónyuges entre sí y con sus descendientes y su sucesión.
Las normas fundamentales en las que se recoge la regulación del Derecho de familia están en el Código Civil de 1889, el cual se ha ido adaptado a los cambios sociales y familiares a lo largo del tiempo, produciéndose las principales modificaciones en la década de los 70 y 90 cuando se introdujeron importantes cambios en está legislación suprimiendo entre otras la licencia o autorización del marido a la mujer para actos jurídicos o de disposición patrimonial después de la entrada en vigor de nuestra Constitución de 1978 que proclama, como no puede ser de otra manera, la igualdad entre el hombre y la mujer.
Asimismo, es de gran relevancia las modificaciones dadas por la Ley del divorcio de 1981 y las modificaciones / reformas de ésta en 2005 y 2015 regulando el matrimonio y el procedimiento a seguir en los casos de nulidad, separación y divorcio.